La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló la sentencia de segunda instancia que había elevado a 23 años la condena contra Lucas Ezequiel Ojeda por el homicidio de Juan Cruz Ibáñez. Con esta resolución, el máximo tribunal provincial dispuso que, en una nueva revisión del caso, la pena no podrá superar los 15 años de prisión. El fallo hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa y cuestionó el criterio utilizado por la Cámara de Apelaciones de Rosario. Según la Corte, se aplicó de manera incorrecta la escala penal del homicidio simple sin respetar la doctrina vigente para delitos cometidos por adolescentes punibles. En ese sentido, recordó que, al no corresponder la prisión perpetua para menores, debe aplicarse la escala reducida prevista en la ley 22.278, cuyo tope máximo es de 15 años. La decisión fue adoptada el 16 de diciembre y lleva las firmas de los ministros Eduardo Guillermo Spuler, Daniel Aníbal Erbetta, Rafael Francisco Gutiérrez y la jueza Martha María Feijóo. A partir de este pronunciamiento, la causa será remitida a un tribunal subrogante para que vuelva a analizar la apelación de la condena original dictada en 2022. La resolución generó un fuerte malestar en la familia de la víctima, que expresó su enojo al tomar conocimiento del fallo a través de los medios de comunicación.
La corte suprema pasó la condena por el crimen de Juan Cruz Ibáñez de 23 a 15 años
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló la sentencia de segunda instancia que había elevado a 23 años la condena contra Lucas Ezequiel Ojeda por el homicidio de Juan Cruz Ibáñez. Con esta resolución, el máximo tribunal provincial dis
Por El Brigadier20 de diciembre de 2025 · 1 min de lectura
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